Artículo Único.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 5º, de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio de Crédito 911P, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo OPEP. para el Desarrollo Internacional, suscrito e] 29 de octubre de 2002, por la suma de hasta Sus 5.600.000.- (Cinco Millones Seiscientos Mil 00/100 Dólares Americanos), destinados a financiar el Proyecto de la Carretera Otorongo-Cerro Pucara, a ser ejecutado por el Servicio Nacional de Caminos.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2490, 18 de julio de 2003 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba y ratifica el Convenio de Crédito 911P suscrito con el Fondo OPEP, por $us 5.600.000.- (Proyecto de la Carretera Otorongo-Cerro Pucara) | ||||
Keywords | Ley, julio/2003 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2490 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo., Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Fernando Velasco Cuellar Adolfo Añez Ferreira, Marlene Fernández del Granado, Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, José Guillermo Justiniano Sandoval, Carlos Morales Landivar. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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