Bolivia: Ley Nº 249, 19 de octubre de 1963

FEDERICO FORTÚN SANJINES
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la provincia General Federico Román, con capital Fortaleza, en la parte oriental de la actual provincia Abuná, con los siguientes límites: al norte, el río Abuná, desde su confluencia con el arroyo Quitacalzón hasta su desembocadura en el río Madera; al sud, los ríos Orthon y Beni desde Humaytá hasta su confluencia con el río Mamoré; al este, el río Madera; y al oeste, con la geodésica desembocadura del arroyo Quitacalzón hasta Humaytá.

Artículo 2°.- La provincia se dividirá en tres secciones municipales; la primera capital Fortaleza, la segunda capital Loma Alta y la tercera capital Santos Mercado.

Artículo 3°.- La primera sección comprenderá los cantones Río Nego y Nuevo Manoa, la segunda sección los cantones Villa Nueva y Perseverancia sobre la margen izquierda de los ríos Orthon y Beni, respectivamente, y la tercera sección los cantones Eureka y Mukurripi.

Artículo 4°.- El Instituto Geográfico Militar delimitará la jurisdicción de las secciones municipales y de los cantones a que se refieren los artículos anteriores.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 25 de septiembre de 1963.
Fdo. José H. Vilar, Presidente del H. Senado Nacional; J.Sanjinés Obando, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Germán Claros, Diputado Secretario; Alfredo Aguirre, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y tres años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 249, 19 de octubre de 1963
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCrea la Provincia general Federico Román, en la parte oriental de la actual Provincia abuna, con su capital fortaleza
KeywordsLey, octubre/1963
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=249
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. José H. Vilar, Presidente del H. Senado Nacional; J.Sanjinés Obando, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Germán Claros, Diputado Secretario; Alfredo Aguirre, Diputado Secretario.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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