Bolivia: Ley Nº 2471, 20 de junio de 2003

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con la atribución, conferida por el artículo 59°, numeral 12, de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo de Cooperación entre la República de Bolivia y la Soberana Orden Militar de Malta, suscrito en La Paz, Bolivia el 18 de noviembre de 2002


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de junio de dos mil tres años.
Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez MoscosoEnrique urquidi Hodgkinson, Gonzalo Cirveches Ledezma, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Adolfo Añez Ferreira.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de dos mil tres años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, José Guillermo Justiniano Sandoval.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2471, 20 de junio de 2003
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y ratifica el Acuerdo de Cooperación con la soberana Orden Militar de Malta
KeywordsLey, junio/2003
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2471
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez MoscosoEnrique urquidi Hodgkinson, Gonzalo Cirveches Ledezma, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Adolfo Añez Ferreira. Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, José Guillermo Justiniano Sandoval.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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