Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 590, atribución 59°, de la Constitución Política del Estado, apruébese el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España, el 24 de diciembre de 2001 en La Paz, y el 26 de diciembre de 2001 en Madrid, por la suma de hasta DOCE MILLONES VE1NTE MIL DOSCIENTOS CUARENTA 00/100 DE EUROS(Euros 12.020.240.-), destinados a financiar el Programa de Micro crédito en Bolivia Fase II, a ser ejecutado por el Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y de Apoyo al Sector Productivo (FONDESIF).
Norma | Bolivia: Ley Nº 2435, 21 de diciembre de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito con el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España, por Euros 12.020.240.- (Programa de Mícrocrédito en Bolivia Fase II) | ||||
Keywords | Ley, diciembre/2002 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2435 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Morgan López Baspineiro, Marlene Fernández del Granado, Adolfo Añez Ferreira. Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Sánchez Berzain, Javier Comboni Salinas, Hernán Paredes Muñoz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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