Bolivia: Ley Nº 2407, 31 de julio de 2002

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59°, numeral 7) de la Constitución Política del Estado y el Artículo 12°, inciso 13 de la Ley de Municipalidades de 28 de octubre de 1999, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de Trinidad del Departamento del Beni, la transferencia a titulo oneroso, de los terrenos de su propiedad en favor de las personas que actualmente los habitan.
Zona Nº 8 Norte, de la Urbanización Bello Horizonte, barrio de “Las Brisas”, con una superficie de 1 13.437.00 metros cuadrados y cuyas colindancias son: Al Norte con el canal natural de drenaje en la propiedad del señor Luis E. Monasterios, al Sur con la Urbanización Bello Horizonte y la prolongación de la Avenida Huacaraje, al Este con la calle D y al Oeste con la propiedad de la Universidad Técnica del Beni (Canal Mocovi) y cuyo detalle es el siguiente:

MANZANOCANTIDAD LOTESSUPERFICIE TOTAL (mt2)
MA309.375, 00
MB247.500, 00
MC186.048, 00
MD309.375, 00
ME186.048, 00
MF309.375, 00
MG154.702, 13
MH155.164, 10
MI247.500, 00
MJ247.500, 00
MK113.437, 00
TOTAL LOTES23976.024, 23
TOTAL AREAS VERDES DE EQUIPAMIENTOY VIAS37.412, 77

SUPERFICIE TOTAL BARRIO LAS BRISAS 113.437, 00
Zona Nº 1 al Sur de Y.P.F.B., Barrio “Santa Cruz Sur”, con una superficie de 24.8 16, 50 metros cuadrados y cuyas colindancias son: Al Norte con la Planta de Almacenamiento de Y.P.F.B., al Sur con la Avenida Oscar Paz Hurtado, al Este con la Avenida Costanera (Arroyo San Juan) y al Oeste con la calle Andrés Guayocho, cuyo detalle es el siguiente:
MANZANOCANTIDAD LOTESSUPERFICIE TOTAL (mt2)
A164.325, 00
B164.325, 00
C82.500, 00
D82.500, 00
TOTAL LOTES4813.650, 00
TOTAL AREAS VERDES DE EQUIPAMIENTO Y VIAS11.166, 50
SUPERFICIE TOTAL BARRIO SANTA CRUZ DEL SUR24.815, 50

Artículo 2°.- El producto de la transferencia, será destinado a proyectos de inversión a cargo del Gobierno Municipal de Trinidad.

Artículo 3°.- Las transferencias referidas en la presente Ley, estarán sujetas a lo establecido en la Ley Nº 1178 y el Decreto Supremo Nº 25964, sobre Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de julio de dos mll años.
Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Felix Alanoca, Gonzáles, Ruben Poma Rojas, Fernando Rodriguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dos años.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Leytón Avilés, Jacques Trigo Loubiere, Ramiro Cavero Uriona.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2407, 31 de julio de 2002
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de Trinidad del Departamento del Beni, la transferencia, de los terrenos de su propiedad a favor de las personas que actualmente los habitan
KeywordsLey, julio/2002
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2407
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Felix Alanoca, Gonzáles, Ruben Poma Rojas, Fernando Rodriguez Calvo, Juan Huanca Colque. Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Leytón Avilés, Jacques Trigo Loubiere, Ramiro Cavero Uriona.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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