Bolivia: Ley Nº 2404, 21 de julio de 2002

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59°, numeral 7) de la Constitución Política del Estado, autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.) transferir, al valor catastral, un lote de terreno de 2.000 mt2, que se desprende de una superficie mayor de 63.018, 25 mt2, ubicados en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en la zona Sur Este U.V. Nº 24, con las siguientes colindancias; al Norte, con la Avenida Tres Pasos al Frente; al Sur y al Oeste con Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y al Este con la Cooperativa TRAPETROL, en favor de la Asociación de Jubilados y Rentistas Petroleros de Santa Cruz.

Artículo 2°.- El terreno de la presente transferencia, será destinado única y exclusivamente al funcionamiento, ampliación y mejoramiento de la Sede Social de la Asociación de Jubilados y Rentistas Petroleros de Santa Cruz, no pudiendo transferirse a terceros.

Artículo 3°.- Los recursos provenientes de la venta de este bien inmueble deberán ser depositados en el Tesoro General de la Nación.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de julio de dos mll años.
Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Felix Alanoca Gonzáles, Ruben Poma Rojas, Fernando Rodriguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla corno Ley de la
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dos años.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Leyton Aviles, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Kempff Bruno.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2404, 21 de julio de 2002
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase a Y.P.F.B. transferir, un lote de terreno de 2000 mt2, que se desprende de una superficie mayor de 63.018,25 mt2, ubicados en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en favor de la Asociación de Jubilados y Rentistas Petroleros de Santa Cruz
KeywordsLey, julio/2002
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2404
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Felix Alanoca Gonzáles, Ruben Poma Rojas, Fernando Rodriguez Calvo, Juan Huanca Colque. Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Leyton Aviles, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Kempff Bruno.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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