Artículo 1°.- De conformidad con la atribución conferida en el Artículo 59°, numeral 7), de la Constitución Política del Estado, se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos la transferencia, a título gratuito, del equipamiento y de la infraestructura de la Estación de Servicio “Narciso Campero”, ubicada en la ciudad de Tarija, en favor del Gobierno Municipal de Tarija.
Artículo 2°.- Los recursos económicos generados por concepto de la explotación de la Estación de Servicio “Narciso Campero”, serán destinados exclusivamente, al financiamiento de las actividades deportivas, a cargo de la Asamblea Departamental del Deporte de Tarija, de acuerdo a Reglamentos aprobados por el Concejo Municipal de Tarija.
Artículo 3°.- Los términos relativos a la administración de la Estación de Servicio “Narciso Campero”, estipulados en el Contrato suscrito entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y el Automóvil Club Filial Tarija, en fecha 3 de julio de 1989, mantendrán su vigencia hasta el 15 de mayo de 2003.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2393, 23 de mayo de 2002 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos la transferencia, del equipamiento y de la infraestructura de la Estación de Servicio "NARCISO CAMPERO", ubicada en la ciudad de Tarija, en favor del Gobierno Municipal de Tarija | ||||
Keywords | Ley, mayo/2002 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2393 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. Enrique Toro Tejada H. Luis Angel Vásquez Villamor | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.