Artículo 1°.- En aplicación de la facultad conferida por el Artículo 59°, numeral 7 de la Constitución Política del Estado, se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos transferir, a título gratuito, en favor de la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, para el establecimiento moderno de su Campus Universitario, el inmueble ubicado en la calle Destacamento 317 No. 573, sección La Madona, donde actualmente funciona la Refinería “Carlos Montenegro”, con una superficie de 75.752, 61 m2.
Artículo 2°.- Si el inmueble señalado en el Artículo precedente, no se destina exclusivamente a la construcción y emplazamiento del Campus Universitario de la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda, revertirá el mismo a su anterior propietario.
Artículo 3°.- Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, a suscribir la respectiva Minuta de transferencia del inmueble señalado en el Artículo precedente, incorporando las cláusulas que garanticen la posesión pacífica del emprendimiento REFISUR S.A., sobre dicho bien, respetando los términos, condiciones y plazos establecidos en los contratos de transferencia, en calidad de venta con reserva de propiedad No. URA-ALD-006-2001.
Artículo 4°.- Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, a ceder los derechos y obligaciones contenidos en el Contrato de Alquiler No. URA-ALD-007/2001, de fecha 18 de enero de 2001, suscrito entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y REFISUR S.A., en favor de la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, respetando los términos, condiciones y plazos establecidos en dicho contrato. La Universidad Mayor Real y Pontificia de San Xavier de Chuquisaca, será responsable del pago de impuestos que genere el Contrato de Arrendamiento, conforme a disposiciones legales tributarias en vigencia.
Artículo 5°.- Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, a ceder en favor de la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, el valor total del precio neto de impuestos de la venta de activos, con reserva de propiedad, que REFISUR S.A., debe cancelar conforme a las condiciones establecidas en el Contrato No. URA-ALD-006/2001, de 18 de enero de 2001, manteniendo el derecho propietario sobre dichos bienes, en tanto esté vigente este Contrato.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2386, 22 de mayo de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza a Y.P.F.B. transferir, en favor de la Universidad Mayor Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca, para el establecimiento moderno de su Campus Universitario, el inmueble ubicado en la calle Destacamento 317 N° 573, sección La Madona | ||||
Keywords | Ley, mayo/2002 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2386 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. Enrique Toro Tejada H. Luis Angel Vásquez Villamor | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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