Bolivia: Ley Nº 2289, 5 de diciembre de 2001

ENRIQUE TORO TEJADA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59°, numeral 12°, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la adhesión de Bolivia a la “Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra Personas Internacionalmente Protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos”, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 14 de diciembre de 1973.


Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil un años.
Fdo. H. Mario Paz Zamora, Angel Hugo Valdivieso Segovia, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil un años.
Fdo. ENRIQUE TORO TEJADA, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, Fernando Rojas Alaiza MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, José Luis Lupo Flores, Leopoldo Fernánde Ferreira, Mario Serrate Ruiz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2289, 5 de diciembre de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba la adhesión a la "Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra Personas Internacionalmente Protegidas, inclusive los Agentes Diplomáicos"
KeywordsLey, diciembre/2001
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2289
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Mario Paz Zamora, Angel Hugo Valdivieso Segovia, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Fdo. ENRIQUE TORO TEJADA, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, Fernando Rojas Alaiza MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, José Luis Lupo Flores, Leopoldo Fernánde Ferreira, Mario Serrate Ruiz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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