Artículo Único.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59°, numeral 12), de la Constitución Política del Estado, se aprueba la adhesión de Bolivia al “Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas”, abierto a la firma en la ciudad de Nueva York, el 12 de Enero de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1999.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2287, 5 de diciembre de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba la adhesión al "Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas" | ||||
Keywords | Ley, diciembre/2001 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2287 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Mario Paz Zamora, Angel Hugo Valdivieso Segovia, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Fdo. ENRIQUE TORO TEJADA, PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, Fernando Rojas Alaiza MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, José Luis Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Mario Serrate Ruiz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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