Bolivia: Ley Nº 2272, 22 de noviembre de 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 12º, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el “Tratado entre la República de Bolivia y la República de Chile, sobre Transferencia de Personas Condenadas”.


Remítase al Poder Ejecutivo para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil un años.
Fdo. H. Enrique Toro Tejada, Luís Angel Vásquez Villamor, Rubén Poma Rojas, Félix Alanoca Gonzáles, Magín Roque Humerez, Juan Huanca Colque
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de noviembre de dos mil un años.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ,
Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Mario Serrate Ruíz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2272, 22 de noviembre de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba el "Tratado entre la República de Bolivia y la República de Chile, sobre Transferencia de Personas Condenadas"
KeywordsLey, noviembre/2001
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2272
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Enrique Toro Tejada, Luís Angel Vásquez Villamor, Rubén Poma Rojas, Félix Alanoca Gonzáles, Magín Roque Humerez, Juan Huanca Colque Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ,
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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