Artículo 1°.- De conformidad con el Artículo 59°, atribución 5º de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo Nº 1075/SF - BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 18 de marzo de 2001, en la ciudad de Santiago de Chile, por la suma de hasta CUARENTA Y SIETE MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 47.000.000.-) destinados a financiar el Programa de Desarrollo Local con Responsabilidad Fiscal Fase 1.
Artículo 2°.- Para los fines expresamente señalados, el Programa será ejecutado por el Ministerio de Hacienda, a través de la Unidad de Coordinación del Programa (UCP), que será la entidad responsable de la Administración del Programa, El FPS y el FNDR, serán las entidades responsables de la ejecución y administración de las líneas de financiamiento de transferencia y crédito respectivamente. Los Gobiernos Municipales serán los ejecutores a nivel local de los proyectos individuales del componente de inversiones municipales y de fortalecimiento institucional. Participarán además en la ejecución del Programa, el Viceministerio de Tesoro y Crédito Público y el Viceministerio de Coordinación Gubernamental, en la ejecución del componente de desarrollo del sector.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2220, 4 de julio de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Apruébase el Contrato de Préstamo N° 1075/SF - BO, suscrito con el BID, por $US. 47.000.000.-, (Programa de Desarrollo Local con Responsabilidad Fiscal Fase 1) | ||||
Keywords | Ley, julio/2001 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2220 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil. R. Melgar Mustafá, Alvaro Vera Corvera, J. Roberto Caballero Oropeza, Moisés Torres Ramírez, Franz Rivero Valda. Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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