Artículo 1°.- De conformidad con la atribución séptima, conferida por el Artículo 59° de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Poder Ejecutivo transferir, a título gratuito, el inmueble que perteneció al ex Fondo Complementario de Seguridad Social de la Aeronáutica Nacional, ubicado en la Avenida Saavedra Nº 2045 y 2049, zona Miraflores de la ciudad de La Paz, incluidos todos sus muebles y enseres, de acuerdo a inventario a favor de la Confederación Sindical única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB).
Artículo 2°.- El referido inmueble no podrá ser transferido ni dado en usufructo bajo ninguna modalidad a terceras personas, el mismo será restituido al Estado, si la Entidad Beneficiaria fuese disuelta.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2205, 30 de mayo de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Transferir el inmueble que perteneció al ex Fondo Complementario de Seguridad Social de la Aeronáutica Nacional, ubicado en la ciudad de La Paz, a favor de la CSUTCB | ||||
Keywords | Ley, mayo/2001 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2205 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda. Fdo., HUGO BANZER SUAREZ | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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