Artículo 1°.- En cumplimiento al Artículo 59°, atribución 7º, de la Constitución Política del Estado, autorízase al Poder Ejecutivo la transferencia a título gratuito, del terreno de propiedad del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, correspondiente a la Universidad pedagógica de Sucre e inscrita en el registro de Derechos Reales, a fojas 182 Vlta. Partida Nº 210 del Libro Primero de Propiedades de la capital de fecha 19 de agosto de 1937, a favor del Gobierno Municipal de Sucre y con destino a la construcción de la Unidad Educativa Experimental “Mariscal Sucre”.
Artículo 2°.- La actual infraestructura que ocupa la Unidad Educativa Experimental “Mariscal Sucre”, una vez concluida la construcción de sus nuevas instalaciones, se mantendrá en propiedad del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, para uso exclusivo de la Universidad Pedagógica Nacional “Mariscal Sucre”.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2195, 30 de abril de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase al Poder Ejecutivo la transferencia, del terreno de propiedad del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, en favor del Gobierno Municipal de Sucre y con destino a la construcción de la Unidad Educativa Experimental "Mariscal Sucre" | ||||
Keywords | Ley, abril/2001 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2195 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, álvaro Vera Corvera, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda. Fdo., HUGO BANZER SUAREZ, Marcelo Pérez Monasterios, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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