Artículo 1°.- Transfiérase a la “Asociación de ex Trabajadores de COMIBOL” de la Planta Hidroeléctrica del Río Yura “AEXTRARYU” a título gratuito las viviendas sociales localizadas en el Campamento de la Planta, ubicada en el Cantón Yura, Provincia Antonio Quijarro del Departamento de Potosí.
Artículo 2°.- La Asociación de ex - Trabajadores de la Planta Hidroeléctrica Río Yura a “AEXTRARYU”, después de efectuada la transferencia dotará de estas viviendas a sus ciento sesenta afiliados. Las viviendas restantes, permanecerán al Servicio de COMIBOL y sus asociados.
Artículo 3°.- Instrúyase al Directorio de COMIBOL elaborar la reglamentación correspondiente en el cumplimiento de la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2168, 7 de febrero de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Transfiérase a la "Asociación de ex Trabajadores de COMIBOL" de la Planta Hidroeléctrica de Río Yura, las viviendas sociales localizadas en el Campamento de la Planta, ubicado en el Cantón Yura, Provincia Antonio Quijarro del Departamento de Potosí | ||||
Keywords | Ley, febrero/2001 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2168 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Marcel Pérez Monasterios, José Luis Lupo Flores, Rubén Poma Rojas. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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