Artículo Único.- En uso de la atribución conferida por el Artículo59°, numeral 7, de la Constitución Política del Estado y el Artículo 19, inciso 13 de la Ley Orgánica de Municipalidades, se autoriza a la Municipalidad de Cochabamba la enajenación de una superficie de terreno de 5.336, 61 metros cuadrados, fracciónado en 34 lotes, a título oneroso a favor de 34 familias asentadas en el Sector Norte del cementerio general de la ciudad de Cochabamba, de acuerdo a las disposiciones Técnicas, Sociales y Económicas constantes en la Ordenanza Municipal No 2265/98, de dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y nueve años, emitida por el Concejo Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2148, 3 de noviembre de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza a la Municipalidad de Cochabamba la enajenación de una superficie de terreno de 5.336,61 metros cuadrados, fraccionado en 34 lotes, a favor de 34 familias asentadas en el Sector Norte del cementerio general de la ciudad de Cochabamba | ||||
Keywords | Ley, noviembre/2000 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2148 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Leopoldo Fenández Ferreira, Jaalil R. Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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