Bolivia: Ley Nº 2139, 23 de octubre de 2000

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con el artículo 59°, atribución 12ta. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y se eleva a rango de Ley, como Ley de la República, la aceptación y ratificación por Decreto Supremo Nº 779 de 30 de abril de 1947, el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, adoptado en la vigésima novena reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, en sus 9 Artículos y cúmplase lo determinado por el artículo 5, del convenio Internacional, del depósito de la aprobación y elevación a rango de Ley, en poder del Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de octubre de dos mil años.
Fdo. Mario Paz Zamora, Jaalil R, Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, José Luis Lupo Flores, Jorge Pacheco Franco.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2139, 23 de octubre de 2000
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y se eleva a rango de Ley, la aceptación y ratificación por Decreto Supremo Número 779 de 30 de abril de 1947, el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo
KeywordsLey, octubre/2000
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2139
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Mario Paz Zamora, Jaalil R, Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, José Luis Lupo Flores, Jorge Pacheco Franco.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994
[BO-DS-N779] Bolivia: Decreto Supremo Nº 779, 26 de enero de 2011
Modifica los Parágrafos I y II del Artículo 3 del Decreto Supremo N° 29354, de 28 de noviembre de 2007.

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