Artículo 1°.- De conformidad con el artículo 59°, atribución 12ta. de la Constitución Política del Estado, se aprueba y se eleva a rango de Ley, como Ley de la República, la aceptación y ratificación por Decreto Supremo Nº 779 de 30 de abril de 1947, el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, adoptado en la vigésima novena reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, en sus 9 Artículos y cúmplase lo determinado por el artículo 5, del convenio Internacional, del depósito de la aprobación y elevación a rango de Ley, en poder del Director General de la Oficina Internacional del Trabajo.
Norma | Bolivia: Ley Nº 2139, 23 de octubre de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba y se eleva a rango de Ley, la aceptación y ratificación por Decreto Supremo Número 779 de 30 de abril de 1947, el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo | ||||
Keywords | Ley, octubre/2000 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2139 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Mario Paz Zamora, Jaalil R, Melgar Mustafá, Carlos García Suárez, J. Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Franz Rivero Valda. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, José Luis Lupo Flores, Jorge Pacheco Franco. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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