Bolivia: Ley Nº 2059, 8 de marzo de 2000

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Autorízase al Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana (C.E.U.B.), efectuar la transferencia del inmueble ubicado en la calle Campos Nº 2606 de la ciudad de La Paz por el inmueble ubicado en la calle Hermanos Manchego Nº 2559 de la misma ciudad, debiendo destinarse el saldo positivo de la transacción para la remodelación del inmueble adquirido.


Remítase al poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de marzo de dos mil años.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, Tito Hoz de Vila Quiroga.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2059, 8 de marzo de 2000
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase al C.E.U.B. efectuar la transferencia del inmueble ubicado en la calle Campos N° 2606 por el inmueble ubicado en la calle Hermanos Manchego en La Paz
KeywordsLey, marzo/2000
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2059
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Carlos García Suárez, Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas. Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Franz Ondarza Linares, Tito Hoz de Vila Quiroga.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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