Bolivia: Ley Nº 2054, 23 de febrero de 2000

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara de alta prioridad para el Estado Boliviano la protección, conservación y gestión del área histórica de Tiwanaku.

Artículo 2°.- Se conforma la Comisión Nacional de Protección, Conservación y Gestión de Tiwanaku, presidida por el Ministerio de Educación, cultura y Deportes e integrado por el Viceministerio de Cultura, el Prefecto del Departamento de La Paz, el Honorable Alcalde Municipal de Tiwanaku, el titular de la Dirección Nacional de Arqueología y Antropología y un representante de la Entidad Privada vinculada al sector turístico y cultura que se incorpore a invitación expresa de autoridad competente.

Artículo 3°.- Se recomienda a la Comisión Nacional:

  1. Constituirse en Comité de Gestión para velar por la protección, conservación y gestión del área histórica de Tiwanaku.
  2. Hacer cumplir el conjunto de normas constitucionales, leyes y disposiciones administrativas que protegen el área histórica de Tiwanaku.
  3. Demandar el concurso interinstitucional del sector público y privado para la consecución de los fines propuestos.
  4. Formular recomendaciones normativas para mejorar la protección de dicha área histórica.
  5. Elaborar el proyecto de Decreto Supremo Reglamentario de la presente Ley y cualesquier otras disposiciones conexas y presentarlas al Poder Ejecutivo para su aprobación.


Pase al poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de febrero de dos mil años.
Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil años.
Fdo. HUGO BANZER SUARES, Franz Ondarza Linares, Tito Hoz de Vila Quiroga

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2054, 23 de febrero de 2000
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe declara de alta prioridad la protección, conservación y gestión del área histórica de Tiawanaku
KeywordsLey, febrero/2000
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2054
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano Zárate, Verónica Palenque Yanguas. Fdo. HUGO BANZER SUARES, Franz Ondarza Linares, Tito Hoz de Vila Quiroga
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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