Artículo 1°.- Créase la Segunda Sección Municipal de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz, con capital en el pueblo de "Caquiaviri" comprendiendo los cantones Achiri, Vichaya y Nazacara.

Artículo 2°.- Las regiones Comanche, Jiwacuta, Villa Belén y Kasillun quedan categorizadas como cantones y se incorporan a la jurisdicción de segunda Sección de Coquiaviri,

Artículo 3°.- Los límites de dicha Sección Municipal así como de los nuevos cantones serán fijados por el Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con el Artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 3 de diciembre de 1959.
(Fdo. ) Rubén Julio Castro, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Humberto Velarde, Senador Secretario.- Jorge Canedo, Diputado Secretario.- Ranulfo Malloja H., Diputado Secretario.
Por tanto: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve años.
(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la Repú- blica.- Carlos Morales Guillén, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 14 de diciembre de 1959
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCréase la Segunda Sección Municipal de la Provincia Pacajes
KeywordsLey, diciembre/1959
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) Rubén Julio Castro, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Humberto Velarde, Senador Secretario.- Jorge Canedo, Diputado Secretario.- Ranulfo Malloja H., Diputado Secretario. (Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la Repú- blica.- Carlos Morales Guillén, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
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PublicadorDeveNet.net

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