Artículo 1°.- La suma de Trescientos seis mil ochocientos bolivianos con treinta y tres centavos (Bs. 306.808.33) que el Presupuesto Departamental de Oruro consigna en favor de la provincia Carangas, en el Capítulo Obras Provinciales, se destina a la ejecución de las siguientes construcciones de dicha frontera:
-- Para pagar el saldo del valor del grupo electrógeno adquirido para Corque, Capital de la Provincia | Bs. 30.000.-- |
-- Para la construcción de la escuela fronteriza de Todos Santos | Bs. 30.000.-- |
-- Para la construcción de la escuela de paya | Bs. 30.000.-- |
-- Adquisición de un grupo electrógeno para Curahuara de Carangas | Bs. 60.000 |
-- Para la construcción de edificios fiscales en Sabaya | Bs. 50.000. |
-- Para la construcción de la escuela de Chuquichambi | Bs. 20.000.-- |
-- Para la conclusión de la escuela de Llanquera | Bs. 20.000.-- |
-- Para la construcción de la escuela de Choquecota. | Bs. 20.000.-- |
-- Para la construcción de la escuela de Villa Jaruhuma (Huayllamarca) | Bs. 20.000.-- |
-- Construcción de la escuela fronterza de cantón Carangas | Bs. 26.808.33 |
Total | Bs. 306.808.33 |
Artículo 2°.- Las Juntas de Obras Públicas y los Comités de Auxilio Escolar de las poblaciones indicadas en el artículo anterior, tendrán a su cargo el manejo de las sumas que les son asignadas con intervención de la Contraloría General.
Norma | Bolivia: Ley de 2 de enero de 1959 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Obras Publicas en Oruro | ||||
Keywords | Ley, enero/1959 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo. ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lozada.- (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario. (Fdo. ) A. Ichazo, Senador Secretario. (Fdo. ) Guillermo Alvarez S., Diputado Secretario. (Fdo. ) Pedro Montaño, Diputado Secretario. (Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo. ) Rafael Parada Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.