Artículo Único.- Créase el Cantón Parajaya en la Provincia Sabaya del Departamento de Oruro, con jurisdicción sobre las poblaciones Lliscaya, Parajava, Pucupununi, Japo, Huancalla, Vichuta, Juaya, Jamama, Cruzani, Palpuni, Chunchuñuni y Huaquihuata.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 27 de octubre de 1958. (Fdo).- Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Germán Quiroga Galdo, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Oscar Donoso L., Senador Secretario.- Alberto Lavadenz R., Senador Secretario.- Raúl Murillo y Aliaga, Diputado Secretario.- Gil Coimbra, Diputado Secretario.
Por tanto: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y ocho años.
(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.--- Walter Guevara Arze, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 6 de noviembre de 1958
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCréase el Cantón Parajaya en la Provincia Sabaya
KeywordsLey, noviembre/1958
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.--- Walter Guevara Arze, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.