Artículo 1°.- Se eleva a la categoría de Ley, el Decreto Supremo Nº 69776 de fecha 20 de enero de 1956 (El número 69776 corresponde a la Resolución Suprema de fecha 20 de enero de 1956. La misma ley original incurre en este error), que aprueba la venta por necesidad y utilidad social de cuatro hectáreas de tierra sobrantes ubicadas en la región de Iquircollo dentro de la jurisdicción de la Comuna de Quillacollo, Departamento de Cochabamba, con destino a edificaciones de viviendas propias para los empleados y obreros de dicha H. Municipalidad.
Artículo 2°.- Asimismo, declarase legal la planificación y consiguiente loteo realizado por el Departamento Técnico de la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de Cochabamba.
Artículo 3°.- Las ventas serán pagadas directamente por los favorecidos en el precio evaluativo realizado por la Ingenieria Municipal y Urbanismo, debiendo dichos recurso ingresar al Tesoro Municipal con destino a la captación de aguas potables y alcantarillado.
Artículo 4°.- La extensión de las escrituras traslativas de dominio serán efectuadas por la H. Alcaldía, Contraloría Departamental y el señor Fiscal del Distrito ante la Notaría de Hacienda de la ciudad de Cochabamba.
Norma | Bolivia: Ley de 8 de octubre de 1958 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se eleva a la categoría de Ley, el Decreto Supremo | ||||
Keywords | Ley, octubre/1958 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.--- Walter Guevara Arce, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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