Artículo Único.- De conformidad al Proceso administrativo elevado por la Prefectura del Departamento de Potosí, declárase al Pueblo de Tinguipaya, como Capital de la Provincia Frías, del mismo Departamento, debiendo mantenerse sus actuales límites.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 8 de septiembre de 1958. (Fdo).- Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Germán Quiroga Galdo, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Oscar Donoso L., Senador Secretario.- Alberto Lavadenz R., Senador Secretario.- Oswaldo Antelo, Diputado Secretario.- Fuad Mujaes, Diputado Secretario.
Por tanto: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los diez y ocho días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho años.
(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO, Presiente Constitucional de la República.- - Walter Guevara Arze, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 18 de septiembre de 1958
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDe conformidad al Proceso administrativo
KeywordsLey, septiembre/1958
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO, Presiente Constitucional de la República.- - Walter Guevara Arze, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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