Artículo Único.- Autorízase a la H. Municipalidad de Vallegrande, capital de la Provincia del mismo nombre, ceder en forma gratuita conforme con la Resolución Municipal de 15 de febrero de 1955, un lote de terreno de su propiedad en favor de la Escuela Hogar de Menores "Enrique Borda" de aquella capital, con destino a fines de experimentación y ampliación de instalaciones.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 9 de septiembre de 1958. (Fdo).- Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Germán Quiroga Galdo, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Oscar Donoso L., Senador Secretario.- Alberto Lavadenz R., Senador Secretario.- Fuad Mujaes, Diputado Secretario.- Raúl Murillo y Aliaga, Diputado Secretario.
Por tanto: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho años.
(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO, Presiente Constitucional de la República.- - Walter Guevara Arze, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 15 de septiembre de 1958
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorízase a la H. Municipalidad de Vallegrande
KeywordsLey, septiembre/1958
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO, Presiente Constitucional de la República.- - Walter Guevara Arze, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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