Artículo 1°.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble perteneciente a la familia Soliz Tostain situado en la calle "Jordán", entre "San Martín" y "Lanza" de la ciudad de Cochabamba, para la ampliación de la edificación del Palacio de Justicia.
Artículo 2°.- La Prefectura del Departamento de Cochabamba, se encargará del trámite de expropiación en conformidad a las disposiciones de la Ley de 30 de diciembre de 1884.
Artículo 3°.- El monto de la indemnización se abonará con la participación del 33% sobre la venta del papel sellado, timbres y otros valores, y los que tuvieren en cuenta especial en la Agencia del Banco Central de Bolivia en Cochabamba.
Norma | Bolivia: Ley de 24 de diciembre de 1957 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárase de necesidad y utilidad pública | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1957 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Hugo López Avila, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Mario Olaguivel, Senador Secretario.- Arturo Fortún, Senador Secretario.- Carlos Guzmán, Diputado Secretario.- Félix Mujica, Diputado Secretario. (Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.--- Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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