Artículo 1°.- Exonérase de todo impuesto de carácter nacional, departamental, municipal y universitario las adquisiciones de inmuebles que efectúe el Estado, directamente o mediante expropiaciones por causa de necesidad y utilidad públicas.

Artículo 2°.- Quedan comprendidas en esta disposición las expropiaciones determinadas en D. S. de 4 de febrero de 1956, destinadas a la construcción del Coliseo Cerrado de la ciudad de La Paz.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 26 de septiembre de 1957.
(Fdo. ) Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés Ovando, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Heberto Añez, Senador Secretario.- Joél Balderrama, Diputado Secretario.- Gil Coimbra, Diputado Secretario.
Por tanto: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y siete años.
(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO, - Hugo Moreno Córdova, Ministro de Hacienda y Estadística.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 7 de octubre de 1957
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioExonérase de todo impuesto
KeywordsLey, octubre/1957
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés Ovando, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Heberto Añez, Senador Secretario.- Joél Balderrama, Diputado Secretario.- Gil Coimbra, Diputado Secretario. (Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO, - Hugo Moreno Córdova, Ministro de Hacienda y Estadística.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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