Artículo Único.- Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo número 3353 de fecha 31 de marzo de 1953, que crea la Segunda Sección de la Provincia Abaroa del Departamento de Oruro, bajo el nombre de "HUARÍ".


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 6 de febrero de 1957.
(Fdo. ) Juan Lechín O., Presidente del H. Senado Nacional.- Renán Castrillo J., Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Eufronio Hinojosa, Senador Secretario.- Luis F. Oropeza, Diputado Secretario.- Ignacio Callaú B., Diputado Secretario.
Por tanto: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos cincuenta y siete años.
(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.- R. Méndez Tejada, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 12 de febrero de 1957
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioElévase a rango de Ley el Decreto Supremo
KeywordsLey, febrero/1957
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) Juan Lechín O., Presidente del H. Senado Nacional.- Renán Castrillo J., Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Eufronio Hinojosa, Senador Secretario.- Luis F. Oropeza, Diputado Secretario.- Ignacio Callaú B., Diputado Secretario. (Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.- R. Méndez Tejada, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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