Artículo 1°.- Elévase a rango de Ley los Decretos Supremos números 3857 y 4097, de 23 de octubre de 1954 y 23 de junio de 1955, con las siguientes modificaciones a la última de las disposiciones citadas; El Artículo 1° dirá: "Modificase el impuesto de Bs. 20.-- denominado Fomento del Deporte Nacional, creado por el Artículo 1° del Decreto Supremo número 3857 de 23 de octubre de 1954, en las siguientes formas:

Bs 100.-- sobre consumos hastaBs. 5.000.-
" 200.-- " " de Bs 5.000.-" 10.000.--
" 500.-- " " mayoresa 10.000.-

"El artículo 2° dirá: "La Dirección General de Ingresos hará imprimir las papeletas valoradas a que se refiere el artículo anterior con numeración y distintivos especiales para cada departamento".-

Artículo 2°.- La Dirección de Ingresos, abonará mensualmente, las, recaudaciones provenientes de la venta de la papeleta valorada "Pro-Deporte Nacional", a las respectivas cuentas de los Comités Departamentales de Deportes, para su inversión conforme lo previsto en el artículo 5° del Decreto Supremo de 23 de octubre de 1954,


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 4 de febrero de 1957.
(Fdo. ) O. Barbery Ibáñez, Presidente de la H. Cámara de Senadores.- Renán Castrillo J., Presidente de la H, Cámara de Diputados.- Eufronio Hinojosa G., Senador Secretario.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Luis F, Oropeza, Diputado Secretario.- Oscar Barbery J., Diputado Secretario.
Por tanto: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos cincuenta y siete años.
(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.- C. Morales Guillen, Ministro de Educación.- H. Moreno Córdova, Ministro de Hacienda y Estadística.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 12 de febrero de 1957
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioElévase a rango de Ley los Decretos Supremos
KeywordsLey, febrero/1957
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) O. Barbery Ibáñez, Presidente de la H. Cámara de Senadores.- Renán Castrillo J., Presidente de la H, Cámara de Diputados.- Eufronio Hinojosa G., Senador Secretario.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Luis F, Oropeza, Diputado Secretario.- Oscar Barbery J., Diputado Secretario. (Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.- C. Morales Guillen, Ministro de Educación.- H. Moreno Córdova, Ministro de Hacienda y Estadística.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.