Artículo Único.- Elévase a rango de ley el Decreto Supremo Nº 4162 dictado en fecha 7 de septiembre de 1955, por el que se autoriza a la Prefectura del Departamento de Cochabamba la expropiación de la casa de propiedad del señor Fructuoso Ramos, ubicada en la calle Perú Nº 128 de dicha capital, con destino a Sede Social y Hogar del Sindicato de Canillitas. Comuniquése al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Norma | Bolivia: Ley de 2 de febrero de 1957 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Elévase A rango de ley el Decreto Supremo N° 4162 | ||||
Keywords | Ley, febrero/1957 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo. ) O. Barbery Ibáñez, Presidente del H. Senado Nacional.- Renán Castríllo J., Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Eufronio Hinojosa, Senador Secretario.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Oscar Barbery J., Diputado Secretario.- Zenón Barrientos, Diputado Secretario. (Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.- Félix Lara, Ministro de Trabajo y Previsión Social.- R. Méndez Tejada, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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