Artículo 1°.- Se elevan a rango de Ley, el Decreto-Ley Nº 3999 de 24 de marzo de 1955, Decreto Supremo Nº 3348 de 27 de marzo de 1953 y Decreto Supremo N" 4330 de 1° de marzo de 1956.

Artículo 2°.- No están comprendidos en los alcances de los Decretos Supremos elevados a Ley en el artículo anterior, todos aquellos que hubieren prestado servicios por más de un año, en calidad de Secretarios, Actuarios o Auxiliares en los Tribunales de Justicia Ordinaria o Especiales y por más de dos años en las Ramas de la Administración Pública o en entidades autárquicas por el mismo lapso.

Artículo 3°.- Quedan sin efecto todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 24 de enero de 1957.
(Fdo. ) Juan Lechín O., Presidente del H. Senado Nacional.- Renán Castrillo J., Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Eufronío Hinojosa G., Senador Secretario.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario, - Oscar Barbery J., Diputado Secretario.- Zenón Barrientos M., Diputado Secretario.
Por tanto: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de enero de mil novecientos cincuenta y siete años.
(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.- Roberto Méndez Tejada, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 28 de enero de 1957
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe elevan a rango de Ley, el Decreto-Ley
KeywordsLey, enero/1957
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) Juan Lechín O., Presidente del H. Senado Nacional.- Renán Castrillo J., Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Eufronío Hinojosa G., Senador Secretario.- Ciro Humboldt B., Senador Secretario, - Oscar Barbery J., Diputado Secretario.- Zenón Barrientos M., Diputado Secretario. (Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.- Roberto Méndez Tejada, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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