Artículo 1°.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de La Paz, para retirar del Banco Central de Bolivia, las cantidades depositadas hasta el 31 de diciembre de 1950, en la cuenta "Obras Públicas de Larecaja".
Artículo 2°.- Dichos recursos se invertirán única y exclusivamente en los trabajos de construcción de la Casa de Gobierno de Sorata.
Norma | Bolivia: Ley de 24 de noviembre de 1950 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Casa de Gobierno de Sorata.- Se autoriza a la Prefectura de La Paz para retirar del Banco Central las cantidades depositadas hasta el 31 de diciembre de 1950 en la cuenta "Obras Publicas en Larecaja", destinándose esos dineros a trabajos de la casa de Gobierno. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1950 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo. ) Juan Ml. Balcazar.- (Fdo. ) L. Lanza Solares.- (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- (Fdo. ) Julio Crespo, Diputado Secretario. (Fdo. ) Alberto Brito M, Diputado Secretario. (Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA H.- (Fdo. ) Lucio Zabalaga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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