Artículo Único.- Modifícase el Art. 5° de la ley de 3 de mayo de 1928 y el 2° del D. S. de 30 de octubre de 1941 como sigue:

  1. Para determinar la renta de servicios personales imponibIe, se deducirán en las rentas las siguientes cantidades:
  2. Bs. 24.000.-- si el contribuyente es soltero.
  3. Bs. 36.000.-- si el contribuyente es jefe de familia o persona casada que viva con su cónyuge.
  4. Bs. 12.000.-- por cada persona (que no sea cónyuge) que viva con el contribuyente como hijo o dependiente suyo y que reciba de él su principal asistencia, siempre que no pueda sostenerse por sí misma a causa de im- pedimento físico o mental.
  5. La cantidad de dinero, no incluida en los incisos anteriores, que se pase como pensión alimenticia, de acuerdo a las leyes con máxima de Bs. 12.000.-- por cada persona.
  6. Las cantidades que descuenten de los sueldos a fin de proveer fondos de pensiones, de retiro, de invalidéz y las pensiones para las viudas y huérfanos.


Remítase al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 11 de noviembre de 1950.
(Fdo. ) J. Manuel Balcazar.- (Fdo. ) Lucio Lanza Solares.- (Fdo. ) Carlos López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) Pablo Saucedo Barbery, Senador Secretario.- (Fdo. ) Julio Crespo, Diputado Secretario. (Fdo. ) Guillermo Alvarez S., Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta años.
(Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA H.- (Fdo. ) Julio Alvarado.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 17 de noviembre de 1950
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioImpuesto a la Renta.- Se modifica el Art. 5º de la Ley de 3 de mayo de 1928 y el 2º del D.S. de 30 de octubre de 1941.
KeywordsLey, noviembre/1950
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) J. Manuel Balcazar.- (Fdo. ) Lucio Lanza Solares.- (Fdo. ) Carlos López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) Pablo Saucedo Barbery, Senador Secretario.- (Fdo. ) Julio Crespo, Diputado Secretario. (Fdo. ) Guillermo Alvarez S., Diputado Secretario. (Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA H.- (Fdo. ) Julio Alvarado.
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