CONSIDERANDO:

  • Que la Ley de 29 de septiembre de 1932, creó el régimen y organización de la Corte Suprema, estableciéndose su división en dos Salas, para conocer separadamente las causas civiles de las criminales, administrativas y sociales;
  • Que mediante el Decreto Reglamentario de 30 de enero de 1937, se hizo idéntica división en los Juzgados de las capitales de Departamento, en lo civil y penal.
  • Que tales disposiciones aparte de procurar y obtener la mayor celeridad en el despacho de las causas tiende a la especialización de los magistrados en la legislación civil y penal, administrativa y social;
  • Que se impone la necesidad de hacer extensiva tal división en los demás distritos de la República;
  • Con el dictámen afirmativo del Consejo de Ministros,

DECRETA:

Artículo 1°.- Las Cortes Superiores que consten de cinco Vocales o más en su régimen interno, así como en la organización de sus Salas, observarán las disposiciones de la Ley de 29 de septiembre de 1932 y Decreto Reglamentario de 30 de enero de 1937.

Artículo 2°.- El artículo 5° del Decreto de 30 de enero de 1937, en cuanto se refiere al voto de causas, en las Cortes constituidas por cinco Miembros se modifica en los siguientes términos. "Para que haya resolución se requiere en cada Sala dos votos uniformes; el Presidente que compondrá una de ellas, deberá intervenir en la otra en caso de discordia".

Artículo 3°.- Las Cortes que se compongan de tres Vocales continuarán conforme a las normas de su constitución. El miembro de la Junta en la Cartera de Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.


Dado en el, Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y siete años.
(Fdo. ) TOMAS MONJE GUTIERREZ.- (Fdo. ) Luis Gozalvez I.- (Fdo. ) Manuel Elías P.- (Fdo. ) Aurelio Alcoba.- (Fdo. ) E. Saenz García.- (Fdo. ) J. César Canelas.- (Fdo. ) José Saavedra S.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 15 de noviembre de 1950
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDecreto Supremo N° 581 de 21 de enero de 1947
KeywordsLey, noviembre/1950
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) TOMAS MONJE GUTIERREZ.- (Fdo. ) Luis Gozalvez I.- (Fdo. ) Manuel Elías P.- (Fdo. ) Aurelio Alcoba.- (Fdo. ) E. Saenz García.- (Fdo. ) J. César Canelas.- (Fdo. ) José Saavedra S.
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PublicadorDeveNet.net

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