Artículo 1°.- Se declara de necesidad y utilidad pública y autorizase la expropiación de los terrenos destinados a la construcción del camino carretero asfaltado Tolata - Cliza dentro del nuevo trazo fijado en base de los estudios efectuados por la Dirección de Obras Públicas Departamentales de la ciudad de Cochabamba.
Artículo 2°.- La Prefectura de Cochabamba se encargará del trámite de los procesos correspondientes, de acuerdo a disposiciones legales vigentes.
Artículo 3°.- Las indemnizaciones se efectuarán de acuerdo a la Ley de 25 de octubre de 1944.
Norma | Bolivia: Ley de 5 de enero de 1950 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se declara de necesidad y utilidad pública y autorizase la expropiación de los terrenos destinados a la construcción del camino carretero asfaltado Tolata - Cliza | ||||
Keywords | Ley, enero/1950 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo. ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lozada.- (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) E. Monasteriores, Senador Secretario.- (Fdo. ) G. Alvarez S., Diputado Secretario.- (Fdo. ) Pedro Montaño, Diputado Secretario. (Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo. ) A. Mollinedo.- (Fdo. ) A. Gutiérrez S. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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