Artículo 1°.- Se autoriza a la Alcaldía Municipal de Sorata, contratar en cualesquiera de las instituciones bancarias del país, un empréstito hasta la suma total de un millón de bolivianos (Bs. 1.000.000), con destino a los trabajos de construcción de su "Casa Municipal".

Artículo 2°.- Para el pago de amortizaciones e intereses de dicho empréstito, se crean las siguientes obligaciones e impuestos en la jurisdicción de la primera sección de la Provincia Larecaja:

  1. El 30% de las rentas-propias de la Alcaldía Municipal de Sorata, consignados en sus presupuestos anuales respectivos;
  2. Bs. 3.00 sobre litro de alcohol potable que se interne a la Provincia;
  3. El 5% ad-valorem sobre carga de tubérculos, cereales, frutas y legumbres que se extraigan de la Provincia.

Artículo 3°.- El referido empréstito deberá negociarse a un tipo de interés en ningún caso superior al 6% debiendo los impuestos a que se hace referencia en el artículo 2º, durar hasta la total cancelación de la deuda.

Artículo 4°.- Los impuestos a que se hace referencia en los incisos b) y c) del artículo 2º de esta Ley, serán recaudados por la Aduana de la Coca y depositados trimestralmente en el Banco Central de Bolivia en una Cuenta especial que se denominará "Pro-Casa Municipal de Sorata".

Artículo 5°.- La administración del empréstito estará a cargo de un Comité compuesto por el Alcalde Municipal de Sorata, Presidente del Concejo Deliberante, un representante de la Contraloría, Subprefecto de Larecaja y un representante del "Centro Obrero de Sorata".


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 21 de diciembre de 1949.
(Fdo. ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lozada.- (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- (Fdo. ) Guillermo Alvares, Diputado Secretario.- (Fdo. ) J. Crespo, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de enero de mil novecientos cincuenta años.
(Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo. ) Rafael Parada Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 4 de enero de 1950
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza a la Alcaldía Municipal de Sorata un empréstito de un millón de bolivianos con destino a los trabajos de construcción de su "Casa Municipal"
KeywordsLey, enero/1950
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lozada.- (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- (Fdo. ) Guillermo Alvares, Diputado Secretario.- (Fdo. ) J. Crespo, Diputado Secretario. (Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo. ) Rafael Parada Suárez.
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