Artículo 1°.- El impuesto sucesorio de la que fué señora Julia viuda de Durán, se destina en la proporción del cincuenta por ciento a los trabajos de construcción de la Escuela Fiscal Mixta de Sorata, y el otro cincuenta por ciento a la ejecución de campos deportivos en la ciudad de Áchacachi.
Artículo 2°.- La Prefectura del Departamento de La Paz, queda encargada del manejo de los citados fondos.
Norma | Bolivia: Ley de 4 de enero de 1950 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Construcción de la Escuela Fiscal Mixta de Sorata, y la ejecución de campos deportivos en la ciudad de Áchacachi. | ||||
Keywords | Ley, enero/1950 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo. ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lozada.- (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- (Fdo. ) Guillermo Alvarez, Diputado Secretario.- (Fdo. ) J. Crespo, Diputado Secretario. (Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo. ) Rafael Parada Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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