Artículo 1°.- A partir del 1º de enero de 1950 la Escuela Vocacional que como establecimiento fiscal funciona en el local del Asilo de Huérfanos "José Mercado Aguado", de la ciudad de Santa Cruz pasará con todas sus existencias, a depender, en lo administrativo y en lo técnico, de la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas "La Salle", la misma que asumirá la dirección y administración de dicho plantel de enseñanza, con la asignación que actualmente reconoce el presupuesto de Educación para el mantenimiento de la nombrada Escuela Vocacional.
Artículo 2°.- En el Presupuesto Nacional de la gestión de 1950 y en el Capítulo correspondiente, al ramo de Educación, se consignará una partida por la cantidad de Bs. 300.000.-- para atender los gastos de reparaciones necesarias en los locales del Asilo de Huérfanos de Santa Cruz y adquisición de mobiliario de la Escuela Vocacional de Artes y Oficios.
Artículo 3°.- La enseñanza técnica será gratuita para todos los alumnos.
Norma | Bolivia: Ley de 23 de diciembre de 1949 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Escuela Vocacional.- La que funciona en el Asilo de Huérfanos "José Mercado Aguado"de Santa Cruz, pasará a depender la congregación de los Hermanos de "La Salle". | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1949 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | (Fdo. ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lozada.- - (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) J. Céspedes Añez, Senador Secretario.- (Fdo. ) Guillermo Alvarez, Diputado Secretario.- (Fdo. ) Pedro Montaño, Diputado Secretario. (Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA H.- (Fdo. ) Abraham Valdéz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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