Artículo 1°.- El producto del Empréstito de tres millones de bolivianos a favor de la Universidad "Gabriel René Moreno", en ejecución de la Ley de 27 de septiembre de 1945, ampliatoria de la igual de 9 de diciembre de 1941, se destina a las siguientes obras:

Para todo el edificio del Instituto Bs. 1.300.000.-
Tecnológico
Para la Escuela Práctica de Agricultura y Ganadería (adquisición de un fundo y construcciones)" 200.000.-
Para el Paraninfo Universitario (obras complementarias-" 700.000.-
Para construcicones del edificio de la Escuela de Bellas" 750.000.-
Artes. ..
Para muebles y útiles de las Facultades, Institutos y Oficinas" 50.000.-
Administrativas. ..
TOTAL. .. .. ..Bs. 3.000.000.-

Artículo 2°.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 6 de diciembre de 1949.
W. BELMONTE POOL.- L. PONCE LOZADA.- C. López Arce, S. S.- J. Céspedes Añez, S. S.- Gmo. Alvarez Salazar, D. S.- P. Montaño, D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y nueve años.
M. URRIOLAGOITIA.- R. Parada Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 12 de diciembre de 1949
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioUniversidad "Gabriel Rene Moreno".- Destínase a varias obras, el producto del empréstito otorgado a ésta por ley de 27 de septiembre de 1945.
KeywordsLey, diciembre/1949
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorW. BELMONTE POOL.- L. PONCE LOZADA.- C. López Arce, S. S.- J. Céspedes Añez, S. S.- Gmo. Alvarez Salazar, D. S.- P. Montaño, D. S. M. URRIOLAGOITIA.- R. Parada Suárez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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