Artículo 1°.- Desígnase a los señores Luis Saucedo Aponte y José Siles Canelas, Vocales de la Excma. Corte Suprema de Justicia, por el período constitucional correspondiente.

Artículo 2°.- El Presidente de la Excma. Corte Suprema de Justicia les ministrará solemne posesión tan pronto termine la vacación de ese Alto Tribunal.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 14 de noviembre de 1949.
(Fdo. ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lozada.- (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) Lucio Zabalaga, Senador Secretario.- (Fdo. ) Guillermo Alvarez, Diputado Secretario.- (Fdo. ) Pedro Montaño, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República, Palacio de Gobierno, en la ciudad, de La Paz, a los veinticuatro días del mes de novienibre de mil novecientos cuarenta y nueve años.
(Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA, - (Fdo. ) Alfredo Mollinedo.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 24 de noviembre de 1949
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioVocales de la Corte Suprema.- Designase a los doctores Luis Saucedo Aponte y José Siles Canelas.
KeywordsLey, noviembre/1949
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lozada.- (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) Lucio Zabalaga, Senador Secretario.- (Fdo. ) Guillermo Alvarez, Diputado Secretario.- (Fdo. ) Pedro Montaño, Diputado Secretario. (Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA, - (Fdo. ) Alfredo Mollinedo.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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