Artículo 1°.- Se reconoce al ciudadano Enrique Hertzog G., los haberes y gastos de representación de Presidente de la República, desde el 8 de agosto de 1949 hasta el 22 de octubre del presente año, fecha de su renuncia.

Artículo 2°.- Estos haberes serán pagados con cargo a "Obligaciones del Estado" del Presupuesto Nacional vigente.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. (Fdo. ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lo-zada.- - (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) Lucio Zabalaga, Senador Secretario.- (Fdo. ) Guillermo Alva-rez, Diputado Secretario.- (Fdo. ) Pedro Montaño, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y nueve años.
(Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo. ) Rafael Parada Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 24 de noviembre de 1949
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe Reconoce al ciudadano Enrique Hertzog G., los haberes y gastos de representación de Presidente de la República
KeywordsLey, noviembre/1949
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo. ) Rafael Parada Suárez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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