Artículo 1°.- Créase un nuevo Colegio Secundario de Varones en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, que funcionará en el local de la Academia de Bellas Artes, mientras se construya su propio edificio.

Artículo 2°.- Desde el año 1950, el Colegio Secundario Nocturno "Círculo de Amigos", pasará a depender del Estado.

Artículo 3°.- Se consignará en el Presupuesto de Educación del año 1950, las partidas correspondientes.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 4 de octubre de 1949. (Fdo, ) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo. ) Julio Téllez Reyes.- (Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) L. Ossio Ruiz, Senador Secretario.- (Fdo. ) Guillermo Alvarez, Diputado Secretario.- (Fdo. ) Julio Crespo, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. . Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes octubre de mil novecientos cuarenta y nueve años.
(Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA-- (Fdo. ) Abraham Valdez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 8 de octubre de 1949
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCréase Un nuevo Colegio Secundario de Varones en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra
KeywordsLey, octubre/1949
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA-- (Fdo. ) Abraham Valdez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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