Artículo 1°.- De los fondos actualmente acumulados en el Banco Central de Bolivia según Ley de 4 de diciembre de 1947, que da aplicación especial al 25% de los impuestos a que se refiere el inciso d) del artículo 2º de la Ley de 17 de abril de 1941, se destinan UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVIANOS (Bs. 1.500.000.-- ), para los siguientes trabajos:

a) Continuación del camino carretero Ocobaya-Chicaloma-IrupanaBs. 200.000.--
b) Continuación del camino carretero Irupana-Laza" 100.000.--
c) Continuación del camino carretero Ocobaya - planta eléctrica del Chimpa-Cutusuma" 100.000.--
d) Para la escuela de varones de Irupana" 400.000.--
e) Terminación de la planta hidroeléctrica del río Chimpa" 700.000.--
TOTAL. .. .. ..Bs. 1.500.000.--

Artículo 2°.- Los cuatrocientos mil bolivianos (Bs. 400.000.-- de los incisos a), b), y c), serán cobrados del Banco Central de Bolivia y manejados directamente por la Junta de Caminos La Paz-Beni encargada, en la actualidad, del trabajo de los indicados caminos. La administración de los recursos de los incisos d) y e) correrá a cargo de las HH. Alcaldías de Irupana y Chulumani, respectivamente.

Artículo 3°.- Con el saldo de los recursos acumulados y que se siguieren acumulando en virtud de la mencionada Ley de 4 de diciembre de 1947, la Junta de Caminos La Paz-Beni, se encargará de los trabajos de pavimentación de las capitales Chulumani e Irupana, como obras integrantes de la red vial sud-yungueña.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 22 de septiembre de 1949.
(Fdo. ) Waldo Belmente Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lobada.- -(Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) L. Ossio Ruíz, Senador Secretario.- (Fdo). Guillermo Alvarez, Diputado Secretario.- (Fdo. ) G. Bilbao La Vieja, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y nueve años.
(Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo. ) Rafael Parada Suárez,

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 4 de octubre de 1949
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioObras Publicas en Sud Yungas.- para la continuación de varios caminos y otras destinase Bs. 1.500.000.-de fondos acumulados en el Banco Central de Bolivia de acuerdo a ley de 4 de diciembre de 1947.
KeywordsLey, octubre/1949
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
Creador(Fdo. ) Waldo Belmente Pool.- (Fdo. ) Luis Ponce Lobada.- -(Fdo. ) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo. ) L. Ossio Ruíz, Senador Secretario.- (Fdo). Guillermo Alvarez, Diputado Secretario.- (Fdo. ) G. Bilbao La Vieja, Diputado Secretario. (Fdo. ) MAMERTO URRIOLAGOITIA.- (Fdo. ) Rafael Parada Suárez,
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