Artículo Único.- Los remanentes que existen en el Tesoro Nacional de fondos destinados al Departamento de Tarija, así como los remanentes de su propio Tesoro y la suma de Bs. 4.840.177.25 consignada en el Item 86 del Presupuesto de Egresos de dicho departamento se destinan para los trabajos de pavimentación de la ciudad de Tarija y la reconstrucción de las Plazas Luis de Fuentes y Sucre de la indicada capital.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 20 de septiembre de 1949. Fdo.- Waldo Belmonte Pool
Fdo.- Luis Ponce Lozada Fdo.- C. López Arce Fdo.- J. Céspedes Añez Senador Secretario Senador Secretario Fdo.- M. Antelo Roca Fdo Ciro Félix Trigo Diputado Secretario Diputado Secretario
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de septiembre de mil novecientos cuarenta y nueve años.
Fdo.- MAMERTO URRIOLAGOITIA. Fdo.- Rafael Parada Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 21 de septiembre de 1949
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPavimentación de la ciudad de Tarija y la reconstrucción de las Plazas Luis de Fuentes y Sucre
KeywordsLey, septiembre/1949
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorFdo.- Luis Ponce Lozada Fdo.- C. López Arce Fdo.- J. Céspedes Añez Senador Secretario Senador Secretario Fdo.- M. Antelo Roca Fdo Ciro Félix Trigo Diputado Secretario Diputado Secretario Fdo.- MAMERTO URRIOLAGOITIA. Fdo.- Rafael Parada Suárez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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