Artículo 1°.- Autorízase a la Prefectura del Departamento de Tarija para que proceda a la venta en subasta pública, previa tasación pericial, de las tierras de propiedad fiscal denominadas Nacareapé y Alto de los Sarsos.- ubicadas en el cantón Chimeo, de la Provincia O'Connor, en el indicado Departamento, para invertir su producto integro de acuerdo a la Ley de 27 de septiembre de 1945, en la construcción del templo de Entre Ríos, capital de aquella Provincia, el que fue destruido a consecuencia de su utilización. como cuartel, Hospital y depósito de municiones durante la Guerra del Chaco.

Artículo 2°.- La inversión de estos fondos producidos por el remate contemplado en el artículo anterior se harán por el Comité de Obras Públicas de la Indicada Provincia bajo la intervención de la Contraloría Departamental.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 21 de diciembre de 1948.
M. Urriolagoitia.- A. Salinas López.- C. López Arce, S. S, - B. Mercado, S. S.- D. Imaña Monterrey, D. S.- P. Montaño, D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho años.
E. HERTZOG-- A. Mollinedo.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 30 de diciembre de 1948
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioVenta de tierras.-- Autorízase a la Prefectura de Tanja efectuar de las denominados Ñacareapé y Alto de los Sarsos, del cantón Chimeo, para construir el Templo de Entre Ríos.
KeywordsLey, diciembre/1948
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia.- A. Salinas López.- C. López Arce, S. S, - B. Mercado, S. S.- D. Imaña Monterrey, D. S.- P. Montaño, D. S. E. HERTZOG-- A. Mollinedo.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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