Artículo 1°.- El importe de las becas para estudiantes tarijeños en el exterior a que se refiere el artículo 2° de la Ley de 17 de noviembre de 1943, se eleva a treinta mil bolivianos (Bs. 30.000.-- ) anuales por becado.
Artículo 2°.- Si los recursos creados por ley de 5 de febrero de 1941, no alcanzaren a cubrir el monto fijado en el artículo anterior, la diferencia será pagada con cargo al Capítulo de Becas del Presupuesto del Ministerio de Educación, a cuyo efecto se fijará la partida correspondiente.
Artículo 3°.- El Comité a que se refiere el artículo 3° de la Ley de 17 de noviembre de 1943, funcionará bajo la presidencia del Rector de la Universidad "Juan Misael Saracho" y, cuidará del estricto cumplimiento de la Ley otorgando las becas para los estudios técnicos a que ella se refiere, pidiendo informes anuales de los exámenes de los becados, etc.
Norma | Bolivia: Ley de 30 de diciembre de 1948 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Becados de Tarija.-- Se eleva a Bs. 30.000.-- anuales, la subvención a los que siguen cursos en el exterior. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1948 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | M. Urriolagoitia.- A. Salinas López.- C. López Arce, S. S.- R. Chávez Muñoz, S. S, - D. Imaña M., D. S.- P. Montaño, D. S. E. HERTZOG.- J. A. Rico Toro. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.