Artículo 1°.- Declárase de carácter nacional el camino carretero "Oruro-Bolivar-Sacaca-Toracarí-San Pedro de Buena Vista-Torotoro-La Viña-Anzaldo" y el Ramal Río Caine-Villa Viscarra, encomendándose su estudio y construcción a la Dirección General de Vialidad. De un punto conveniente de este camino en las alturas de Iturata, se construirá con los recursos que crea esta Ley, un ramal a la Capital de la Provincia. General Bilbao.
Artículo 2°.- Para los fines del artículo anterior se destinan los siguientes recursos:
Artículo 3°.- Con el fin señalado por la presente Ley se crean los siguientes recursos:
Artículo 4°.- Con los recursos que se señalan en los artículos segundo y tercero se construirá también el puente metálico sobre el Río Cainé como parte del camino.
Artículo 5°.- Todos los recursos señalados en la presente ley se centralizarán en la Agencia del Banco Central de Bolivia de Oruro en la cuenta especial "Construcción Camino Oruro-AnzaIdo" y se invertirán bajo la supervigilancia de una Junta compuesta por un representante de la Junta de Obras Públicas de Oruro, un delegado de la Junta de Obras Públicas; de Alonso de Ibáñez, otro de la Junta de Charcas y otro del Sub- Comíté de Obras Públicas de Villa Viscarra.
Norma | Bolivia: Ley de 30 de diciembre de 1948 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Camino Nacional.-- Declárase asi al de Oruro - Bolívar - Sacaca - Toracari - San Pedro de Buena Vista - Torotoro - La Viña - Anzaldo. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1948 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | M. Urriolagoitia-- A, Salinas López.- C. López Arcre, S. S.- B. Mercado, S. S.- D. Imaña Monterrey, D. S.- P. Montaño, D. S. E. HERTZOG-- C. Carrión. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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