Artículo Único.- Autorízase a la Curia Eclesiástica de Sucre, enajenar el lote de terreno que posee en el Cantón Icla de la Provincia de Zudáñez, del Departamento de Chuquisaca para la construcción de la escuela fiscal en dicha población e invertir el precio que obtenga por la transferencia en la reparación de la iglesia de lcla,


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 18 de septiembre de 1948.
M. Urriolagoitia.- A. Salinas López.- O. Gutiérrez, S. S.- C. López Arce, S. S.- A. Quezada A., D. S.- D. Imaña Monterrey, D. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de septiembre de mil novecientos cuarenta y ocho años.
E. HERTZOG.- J. Paz Campero,

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 24 de septiembre de 1948
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioVenta de terreno.-- Autorizase a la Curia Eclesiástica de Sucre, efectuar del que posee en el Cantón Icla, Prov. Zudañez,
KeywordsLey, septiembre/1948
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia.- A. Salinas López.- O. Gutiérrez, S. S.- C. López Arce, S. S.- A. Quezada A., D. S.- D. Imaña Monterrey, D. S. E. HERTZOG.- J. Paz Campero,
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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