Artículo 1°.- Los haberes de los jubilados del ramo de Comunicaciones serán reajustados a partir del mes de octubre de 1947, con relación a los sueldos del servicio activo, de acuerdo a la siguiente escala:
a) Jubilados con 15 años de servicios a 17 inclusive, el 50% |
b) " " más de 17 años hasta 19 inclusive, el 60% |
c) " "" 19 " " 21 inclusive, el 70% |
d) " "" 21 " " 23 inclusive, el 80% |
e) " "" 23 " " 25 inclusive, el 90% |
f) " "" 25 " de servicios el 100% |
Artículo 2°.- El reajuste acordado tiene carácter permanente, es decir, regirá tanto en los casos de aumento de remuneraciones al personal activo, como cuando se disminuya tales retribuciones.
Artículo 3°.- A partir de la promulgación de la presente Ley, el sueldo que servirá de base para las jubilaciones posteriores será el promedio de los haberes percibidos durante los últimos tres años.
Artículo 4°.- Los funcionarios del servicio activo aportarán con el 7% de sus haberes y los jubilados con el 7% para la Caja respectiva.
Artículo 5°.- La subvención de un millón quinientos mil bolivianos que el Estado acordó en el presente año a favor de la Caja de Pensiones, Jubilaciones y Montepíos de Comunicaciones, será elevada y fijada anualmente, a partir de la gestión de 1948, en el Presupuesto General de la Nación, a dos millones de bolivianos (Bs. 2.000.000.-- ).
Artículo 6°.- Se declara vigente y, por consiguiente, regirán para el ramo de Comunicaciones, los Artículos 2°, 3°, 5°, 6°, 7°, 8° y 10° de la Ley de 19 de enero de 1945, quedando sin efecto las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Artículo 7°.- Para incrementar los fondos de la Caja se le asignan los siguientes aportes:
Norma | Bolivia: Ley de 16 de septiembre de 1948 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Jubilados de comunicaciones.-- Reajuste de sus haberes conforme a nueva escala. | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1948 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | M. Urriolagoitia.- A. Landívar Ribera.- P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- A. Sarti, Senador Secretario.- -P. Montaño, Diputado Secretario.- A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario. M. Urriolagoitia.- C. López Arce, Congresal Secretario.- D. Imaña M., Congresal Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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