Artículo Único.- Se destina la suma de veintidós mil bolivianos (Bs. 22.000.- ) de los fondos creados por el Artículo 3° párrafo 3° de la Ley de 20 de mayo del año en curso, para la construcción de la línea telefónica Huayllas-Quila Quila-Talula, en la Provincia Oropeza del Departamento de Chuquisaca.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala da sesiones del H. Congreso Nocional. La Paz, 17 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia.- A. Landívar Ribero.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- P. Saucedo Barbery, -Senador Secretario.- P. Montaño, Diputado Secretario.- A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.
Por tanto: en ejercicio de la facultad conferida por el Artículo 79 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio del Congreso Nacional, en la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y ocho años.
M. Urríolagoitia.- M. Mogro Moreno, Congresal Secretario. A. Camacho Pórcel, Congreso Secretario.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 24 de julio de 1948
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLinea Telefónica, -- Paro su instalación entre Huayllas, Quila-Quila y Talula, en el Departamento de Chuquisaca, destínase Bs. 22.000.-- con cargo a los fondos provenientes de la Ley de 20 de mayo de 1947,
KeywordsLey, julio/1948
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia.- A. Landívar Ribero.- M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- P. Saucedo Barbery, -Senador Secretario.- P. Montaño, Diputado Secretario.- A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario. M. Urríolagoitia.- M. Mogro Moreno, Congresal Secretario. A. Camacho Pórcel, Congreso Secretario.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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